sábado, 20 de enero de 2018

FUNCIONES DEL RECTOR

EL RECTOR

Es el representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.

Funciones del Rector

1. Hacer uso de permisos y licencias de acuerdo a la ley.
2. Establecer criterios para dirigir adecuadamente la institución según las normas legales vigentes y en mutuo acuerdo con el Consejo Directivo
3. Planear y organizar con los coordinadores las actividades curriculares de la institución
4. Dirigir y supervisar las distintas actividades desarrolladas en el colegio
5. Administrar el personal de acuerdo a la normas vigentes, lo mismo que los bienes y enseres
6. Garantizar servicios educativos adecuados para que el educando alcance sus objetivos planeados
7. Expedir medidas por medio de resoluciones, que crea necesarias para el buen funcionamiento de la institución
8. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto
9. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicarla
10. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento
11. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria
12. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa
13. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
14. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia
15. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional
16. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo
17. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local
18. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
19. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
20. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.
21. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución.
22. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
23. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la secretaría de educación municipal.
24. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.
25. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.
26. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.
27. Suministrar información oportuna al municipio, de acuerdo con sus requerimientos.
28. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.
29. Rendir informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses.
30. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por se le asignen.
31. Elaborar el proyecto anual del presupuesto del Fondo de Servicios Educativos de la respectiva Institución y presentarlo para aprobación al Consejo Directivo
32. Celebrar los contratos, suscribir los actos y ordenar los gastos, con cargo a los recursos del Fondo, de acuerdo con el Flujo de Caja y el plan operativo de la respectiva vigencia fiscal, previa disponibilidad presupuestal, y de tesorería
33. Firmar los estados contables y la información financiera requerida y entregarla en los formatos y fechas fijadas para tal fin
34. Efectuar la rendición de cuentas en los formatos y fechas establecidos por los entes de control
35. Publicar en un lugar de la Institución, visible y de fácil acceso, el informe de ejecución de los recursos del Fondo de Servicios Educativos, con la periodicidad que indique el Consejo Directivo.
36. Presentar un informe de ejecución presupuestal al final de cada vigencia fiscal a las autoridades educativas de la entidad territorial que tiene a su cargo el establecimiento educativo estatal, incluyendo el excedente de recursos no comprometidos si los hubiere.


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